Los partidos políticos estatales 

El Estado de partidos (Parte I)

 

Temas: Partidos políticos. Partidos estatales. Estado de partidos. Sociedad civil.

  

Lo que haré en este artículo, uno de los muchos en los que trataré de exponer de manera sencilla todo lo relaccionado con la vida política de los partidos políticos estatales, especialmente en España, es señalar cuál es su naturaleza, condición y cualidad jurídica, esto es, lo que son fundamentalmente y su relación con la sociedad civil en las relaciones de poder. Cuáles son sus principios y hablar por cómo obran. Las emociones que los mueven, la propaganda (Parte II del artículo que se publicará en artículos posteriores). El desarrollo de este artículo se refiere, no al funcionamiento de los partidos políticos en su esfera interior (sobre este tema desarrollamos otro artículo, enfocado en la Ley de hierro de las oligarquías de Robert Michels), sino a su esfera funcional y cómo repercuten en la sociedad esta forma política basada en el poder autoritario de facciones políticas integradas dentro el Estado.  

Todo lo que oímos realmente en los medios y en la propaganda estatal en España es totalmente incierto, mera propaganda partidista apoyada y seguida gracias a los tópicos y creencias infundadas por la mitificación necesaria de la forma en la que fue constituida esta forma de gobierno, que está sujeta y nace con el mito nodriza, el consenso político. Y, tras una larga educación desde las instituciones y los medios de comunicación a varias generaciones de individuos, hoy en día la sociedad española no es capaz de definir de manera homogénea la situación política ni el verdadero funcionamiento de la estructura de poder que les gobierna. Hecho, el de los partidos políticos estatales, fundado y forjado en ese consenso, farolillo de la mentira reconciliadora de polos políticos opuestos mediante la traición de los principales jefes de los grandes partidos a sus propios principios para formar una oligarquía y liderar la cúspide del Estado, donde la corrupción cotidiana es el sustento y pilar básico de toda la vida pública y política.  

Consenso reformista, padre de la mal llamada “Transición española”, que necesita de la mentira (mitos fundantes) para mantener a la mentira que lo crea, el mito fundador, el reparto del botín del Estado entre los principales jefes de partido y la corrupción como factor de gobierno para que su mal llamada “constitución”, Ley fundamental de 1978 pueda durar, ya que no se puede cumplir ni practicar, ni es vinculante jurídicamente, y se pueda así funcionar institucionalmente. 

 

   

 

Origen e historia de los partidos políticos en Europa

 

Los partidos políticos nacen a finales del siglo XVIII, donde, tras un constante progreso en la lucha entre las clases burguesas y clases bajas de la sociedad, se manifiestan en el escenario político para alcanzar la participación de los gobernados (súbditos) en los asuntos públicos, en contra los Regímenes monárquicos, absolutos y autoritarios; y más adelante, a razón de la conquista del sufragio, en aquellos regímenes parlamentarios (en 1832 se dio la Reform Act en Gran Bretaña) que tenían limitado el margen de emancipación a finales del siglo XIX principios del XX. Estos movimientos asociativos de grupos populares encuentran un avance en el escenario político para terminar como instrumentos de acción política de los individuos a consecuencia de la libertad de asociación, y se originan, esencialmente, en el seno de la sociedad civil gobernada, como puente de unión entre los gobernados y el poder, para formar o representar la voluntad del pueblo ante el Estado.  

 

(Colegio electoral británico en el siglo XIX)

 

En cuanto a las formaciones políticas, los partidos, es a partir del período de la posguerra (II Guerra Mundial) especialmente en las constituciones alemana (1949) e italiana (1947) y posteriormente en prácticamente casi todos los países de la Europa continental, cuando los partidos toman un rumbo jurídico prácticamente opuesto al conocido hasta la fecha, desvinculándose de la sociedad civil de donde procedían, pasando a formar parte del organismo estatal (autoridad). Y, aunque la forma de gobierno que los caracteriza, el Estado de partidos, ya estaba funcionando como Régimen parlamentario desde La República de Weimar (1929-1933) en Alemania, aún los partidos eran societarios, esto es, la lucha por el poder se daba dentro de la sociedad civil, y donde el sistema proporcional de listas de partido ya funcionaba (Adolf Hitler llega al poder con este sistema electoral, exactamente el mismo que tenemos hoy en España), como sistema concebido esencialmente con el objetivo de eliminar e intervenir en la tradicional representación política de elección uninominal de diputado de distrito, que permanencia en Inglaterra, una vez resuelta la disputa en el Parlamento inglés entre Stuart Mill, que defendía el sistema representativo tradicional, y Walter Wagehot, que defendía el sistema proporcional de listas (inventado por un telegrafista inglés).  

En el caso de España sucede exactamente lo mismo con los partidos, pero en fechas distintas a las de la Europa continental. Hasta la Guerra Civil de 1936 todos los partidos eran societarios, pertenecientes a la sociedad civil menos el que estaba gobernando, la lucha por el poder se daba en el seno sociedad civil, y el partido ganador pasaba a gobernar y a presidir el Estado. En ese momento, durante la II República, era precisamente un Régimen también parlamentario el que había en España desde la huida del Rey Alfonso XIII en 1931, es decir, donde el poder residía en el Parlamento. La naturaleza jurídica de estos partidos en aquel entonces era civil. No son los mismos partidos que existen en la actualidad, pero no porque hayan cambiado las personas o las ideas, sino por su condición jurídica, la cual, en la actualidad y tras el fin de la Dictadura militar de Franco, pasan a ser organismos del Estado, al igual que el partido único estatal que existia en la Dictadura, pero ahora varios partidos estatales, financiados por el Estado con dinero del contribuyente, esto es, adquieren un condición jurídica como organismos de la autoridad, todos pasan a ser organismos de poder, por consiguiente, la lucha por el poder, la política, desaparece de la escena civil ya que todas las agrupaciones ya están integradas en el propio poder, exactamente igual que tras la IIGM en la Europa continental (excepto Francia, que se desvincula de esta forma de  gobierno tras el golpe de Estado de De Gaulle). 

 

 

En cuanto a la representación

 

Ningún partido representa ni puede representar a la sociedad civil, eso no existe, solo se puede representar mediante personas físicas que pueden ser responsables de sus actos, al igual que sucede en la representación jurídica (el apoderado). Los partidos políticos no pueden ser procesados en un tribunal, eso solo puede ocurrir con las personas, los partidos son ficciones jurídicas, lo que provoca  generalmente una gran confusión en el gobernado, confundiendo los términos de representación por el de identificación (sentimental), asunto este importantísimo para entender tanto la propaganda partidista actual como uno de los principios fundamentales de las relaciones de poder entre organismos del Estado (partidos) y los gobernados, que trataré de desarrollar en artículos posteriores sobre las características de la forma de gobierno del Estado de partidos

El hecho de este desvío, de esta metamorfosis político-jurídica, no solo material y funcional sino moral e identitario, al abandonar estos su origen en la societario y pasar a pertenecer al Estado, constituye, en términos políticos, una traición a los gobernados, que quedan desprovistos de una libre asociación legal posible en el ámbito vecinal, y un atropello de sus Derechos, quedando en manos de estos todo elemento y facultad de ejercicio del Derecho público, dado que, en la práxis, y no hay alegato jurídico posible porque no están obligados a responder, rechazan los intereses de los gobernados y terminan por defender los intereses del Estado, que es precisamente de quien la sociedad civil se debe de defender. 

 

De la ideología de los partidos

 

Asunto desarrollado en artículos posteriores. Cuando los partidos son estatales, como ocurre en España y en una gran parte de países en Europa, la izquierda y la derecha no existen como tal, existe una oligarquía de jefes de partido dentro del Estado necesariamente en consenso, que es propio de la oligarquía; en otros capítulos hablaremos y daremos a este término infinidad de explicaciones y ejemplos para llegar a comprenderlo y llegar a saber de qué se trata este concepto, el consenso político, tan inusual en el diccionario político de otros países como Inglaterra o Estados Unidos, ya que allí, los partidos, siguen siendo societarios y no estatales. 

 

Sentencia del Tribunal Constitucional de la jurisprudencia de Bonn

 

La sentencia del Tribunal Constitucional de la jurisprudencia de Bonn del año 1952: Gerard Leibzhold (persona que vemos en la imagen), gran jurista y presidente del Tribunal en esa época, define a la forma de gobierno que hay actualmente establecido en España y en prácticamente en toda Europa continental, menos en Francia y Suiza, como Estados de partidos: _”los partidos se han convertido en elementos a integrar del edificio constitucional, han pasado de ser elementos del plano socio-político a un plano jurídico-constitucional en función de órganos del Estado y se insertan en una serie de factores basado en la integración de las masas en el Estado“_ . 

 

 

Gerard Leibzhold, nos define así en su obra “Los problemas estructurales de la democracia moderna”, defendiendo este Régimen de poder de la siguiente manera: _”Hemos llegado a las mejores de las democracias, (y hace referencia al Contrato Social de Rousseau diciendo que es mejor que la democracia de Rousseau), el principio de la Democracia de partidos o el Estado de partidos que conduce a la voluntad general no es el de la representación política, esta voluntad solo nace bajo el principio de identificación de las masas con los partidos, no se pretende representar a nada ni a nadie”_.  

 

Artículos relacionados: Algunas consideraciones sobre los efectos corrosivos que tiene el hecho de que los partidos sean estatales., Un acercamiento al consenso político. Conceptos políticos VIII. , Simone Weil y la supresión de los partidos políticos, Nueve incisos para definir el Régimen de partidos estatales del 78, su origen, características, su fuerza y repercusión en la sociedad civil., Cap. I de la Transacción española, una mirada a un pasado cercano y recuperable, Los partidos políticos estatales

 

Redactado por HR Antonio, jueves 4 de febrero de 2021.

 

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