(En la imagen, “El juramento de los Horacios”, cuadro pintado por Jacques Louis David en 1784 y expuesto en el Toledo Museum of Art de Ohio).
Conceptos políticos III. La separación de poderes
“…como debido a la fragilidad de los hombres, los cuales tienden a acumular poder, estos podrían ser tentados a tener en sus manos el poder de hacer leyes y de ejecutarlas para así eximirse de obedecer las leyes que ellos mismos hacen; y como podrían tener también tentaciones de hacer las leyes a su medida y de ejecutarlas en beneficio propio, llegando así a crearse intereses distintos de los del resto de la comunidad y contrarios a los fines de la sociedad y del gobierno, es práctica común en los Estados bien organizados, donde el bien de todos es considerado, que el poder Legislativo sea puesto en manos de diversas personas, las cuales, en forma de asamblea, tiene cada una, o en unión con las otras, el poder de hacer las leyes… Pero como esas leyes que son hechas de una vez y en poco tiempo tienen, sin embargo, constante y duradera vigencia y necesitan ser ejecutadas y respetadas sin interrupción, es necesario que haya un poder que esté siempre en activo y que vigile la puesta en práctica de esas leyes y la aplicación de las mismas. De ahí el que los poderes Legislativo y Ejecutivo suelan estar separados. (John Locke, II Tratado sobre el Gobierno Civil, CAP XII).
Cuando hay democracia formal, estos dos poderes están radicalmente separados desde su origen en una constitución, donde se distinguen dos tipos de elecciones, una para cada uno de ellos; una elección se da para los representantes de los distritos, que conformarán una Cámara de representantes o Asamblea Nacional que pertenece al poder Legislativo, y en otra elección por separado, otra urna, se da la elección del presidente del gobierno o Jefatura del Estado que pertenece al poder Ejecutivo. Para entender el porqué del concepto de separación de poderes, principio fundamental para que exista democracia Formal o Representativa, necesariamente debemos dilucidar y distinguir dos funciones distintas del poder, que van totalmente por separado, tanto el valor y fundamento que las rige como en la acción política que las desarrolla. La democracia formal está basada en la desconfianza de los gobernados a los gobernantes y consiste en la separación de dos funciones que son imposibles de desempeñar por el mismo sujeto de poder. Una es la función de representar y otra la función de gobernar o dirigir a los gobernados. No es lo mismo representar que gobernar. A los representantes de distrito les rige el principio de lealtad al mandato de sus electores de distrito, al presidente del gobierno el de la inteligencia, de prever las situaciones. Con este elemento político de representación, concebido por Marsilio de Padua en su obra “Defensor Pacis” en el siglo XV, y la elección directa del presidente del gobierno a mayorías inventada por Alexander Hamilton en EE.UU (sistema presidencialista), distinguimos lo que es la democracia Directa o Asamblearia de la antigua Grecia y la democracia Representativa; suele haber una confusión en estos dos conceptos de Democracia ya que la primera prescindía del elemento de representación que fundamenta a la segunda, siendo dos formas de gobierno distintas tanto en su origen como en su desarrollo. Estas dos funciones se daban por los jefes en las Ciudades-Estado antiguas por la misma persona y que hoy sería una utopía.
Como vemos, desde el mismo sujeto legitimador hay distintas vías de elección para cada uno de estos poderes sujetos y regidos por principios y funciones diferentes. Por esta razón, es tan importante distinguir los conceptos de Estado y nación; poder Legislativo le pertenece a la nación y al Estado el poder Ejecutivo; entendiendo estos dos términos rápidamente comprenderemos porqué deben de estar separados. En España hoy no hay separación de poderes ya que no hay constitución sino una Carta otorgada o Ley fundamental, la estructura institucional que hay en España define, al igual que el Régimen anterior, una División en funciones de un único poder; no hay elecciones para representantes y separadamente para el presidente del gobierno, hay unas votaciones legislativas para estas dos funciones, en una única urna, reuniéndose el poder Legislativo, Ejecutivo, y también el Judicial en las mismas manos. Hoy en España, al carecer de constitución estos poderes se encuentran en un bloque dentro del Estado y esa es la causa de la corrupción incontrolada.
Es en la separación del Estado de la Nación donde observamos la diferencia esencial entre una democracia Representativa y una Dictadura o una Oligarquía de partidos, como hay hoy en España y en casi toda Europa. Europa está gobernada por Estados legisladores, propios de la doctrina fascista de principios del siglo XX. Es decir, es el Estado, que no está separado de la Nación, sino que la integra mediante el sufragio, quien elabora o modifica las leyes, función propia de la Nación. El objetivo de la separación de poderes es fundamentalmente garantizar los derechos de los ciudadanos y que el poder esté controlado, no solo mediante los representantes de distrito, que deben de ser leales al mandato de sus electores, sino también, se da un segundo control institucional entre estos dos poderes, Legislativo y Ejecutivo, que, estando separados, en distintas manos y con distintas ambiciones, pone límites entre ambos vigilando los abusos y evitando la corrupción por sistema, y los problemas públicos los traslada automáticamente a las instituciones.
También en el Nº de febrero de la Revista Libertad Política
Redactado por Antonio HR, sábado 18 de 2023