De la separación de poderes del Estado.

 

Una pequeña introducion.

Pues no nos engañemos, de hecho y de derecho, en España no hay separación de poderes, no porque el órgano del Ejecutivo del poder Judicial no sea independiente como equivocadamente se cree o se piensa, eso no es la separación de poderes, no la hay, porque no hay una constitución que los separe, no por otro motivo; por lo tanto, en España, hay un único poder soberano en el Estado y división en funciones, que vienen a ser los actuales Ministerios. Se sigue institucionalmente y en la forma estructural del poder, con la misma construcción de carácter vertical y autoritario que estaba establecida en el Régimen anterior, sin cambiar los asientos ni los privilegios, pero con una diferencia, que el poder no lo tiene una persona o un partido estatal, ese poder, tras unos pactos esquivos a la sociedad civil, se convida mediante cuotas de poder en una rotación en el tiempo cada cuatro años a una serie de cúpulas de partidos, donde son los diputados elegidos por el jefe de cada partido, quien recíprocamente nombran en una imperiosa investidura en el actual Congreso de los Diputados al Primer Ministro, que fue el que les puso ahí para ese cometido de obediencia de los diputados a su jefe de partido. Lo que significa este cambio en la estructura de poder es que lo que antes dominaba uno, ahora lo dominan varios, con la esencia sagrada tradicional de la Dictadura de que, el pueblo, no es admitido en los asuntos de la Corte. En España se establece como forma de gobierno tras el periodo de transacción un Estado de partidos, que se fundamenta en los principios de una oligarquía u oligocracia donde el valor principal que se defiende desde los componentes políticos estatales es el consenso; pero atención, si atendemos a las características de una oligarquía, la división social pertenecería a la división en la oligarquía, eso no ocurre en la situación estructural del poder actual, ya que la división social actual no corresponde a la división política que hay en las cúpulas de partido ni a nada en particular, se reconoce así que no se podría calificar como oligarquía, sino como un Estado de partidos.

La separación de poderes es un elemento político y principio fundamental para que exista democracia, totalmente inexistente y desconocido en España, la razón como hemos aludido anteriormente, la ausencia de constitución, de ahí que sólo podamos encontrar en el hecho de que no haya constitución la causa principal de la cotidiana e infinita corrupción sistemática y sistémica y el abuso y mal uso del poder; es sencillo de entender, pues yo atiendo a la teoría del genio de la separación de poderes, ese es el sobresaliente Magistrado Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu, donde señala la efectividad del hecho de usar una verdadera separación de los poderes:

“Nos ha enseñado la experiencia eterna que un hombre investido de poder abusa de él. Para que no se abuse del poder, es necesario que se ponga límites a la naturaleza misma de las cosas. Para frenar al poder hace falta poner otro poder delante. Cuando el poder Legislativo y Ejecutivo se reúnen en las mismas manos o el mismo cuerpo, ya sean de uno o de unos pocos, no hay Libertad Política, y no habrá justicia independiente si el órgano judicial no está desligado de los otros dos poderes”.

 

(Charles Louis de Secondat, Señor de la Brède y Barón de Montesquieu 1689-1755, foto).

 

Como apunte y para destacar sobre la Justicia en España, el Derecho, no es que esté corrompido, es que existiendo Ministerios que dependen directamente o son brazos del Ejecutivo que es poder único soberano que representa al Estado, la Justicia en España no existe en el primer momento en que hay un Ministerio de Justicia; en otros artículos me voy a referir y denunciar la fuente e intención de la corrupción en el terreno del Derecho en España, ese es el Tribunal Constitucional, pues sucede la barbaridad, que ni en los peores regímenes despóticos pudiéramos encontrar, donde a sus miembros les colocan principalmente las grandes corporaciones políticas que hay dentro del Estado, especialmente me refiero a las facciones más grandes; el órgano judicial lo dejaremos para otros artículos.

 

De la separación de poderes

Sancionada en las verdaderas constituciones, es el objetivo y función principal de estas. Es allí donde puede ser tal una constitución, donde el derecho de uno se sobrepone al derecho de todos, al contrario que la Ley, donde el derecho de todos se superpone al derecho de uno. La constitución ha de ser tal, que ningún ciudadano pueda ser obligado a hacer lo que la ley no manda ni a no hacer lo que expresamente no prohíbe. De manera que, para encontrar la Libertad Política en una constitución, se precisa que se diferencien desde su origen dos poderes, el de la Nación y el del Estado, que representan al poder Legislativo y al poder Ejecutivo respectivamente.

Dos urnas diferentes, dos elecciones desde el mismo sujeto constituyente que es el pueblo gobernado, y de distinto objetivo y lo cual de distinto fundamento de elección, ya que una urna es para la representación de la Nación, es decir, de los ciudadanos, y la otra es para el Presidente del Gobierno que es el Estado. Se garantiza la Libertad Política si se practica, y ese es el pueblo como único sujeto constituyente del poder, eligiendo a sus gobernantes a mayorías en cualquiera de estas dos urnas, que son aquellos candidatos para los diferentes cometidos políticos o de gobierno.

El poder Legislativo, se refiere a la urna para la elección directa de personas físicas, que son los representantes de cada distrito, con el cometido de ser leales a su distrito, defender los intereses de su distrito, cumplir con su programa electoral sin mirar y con independencia de su partido si le tuvieran o su ideología. Aquellas personas elegidas, pasarán a formar parte de una Cámara de representantes o Asamblea Nacional, y es Nacional porque es donde el pueblo, a través de sus representantes, puede hablar ante el poder y defender sus intereses e inquietudes directamente. El poder Legislativo lo tiene la Cámara de representantes y es allí donde se elaborarán las leyes, donde se anulan o modificarán las antiguas, dependiendo de la fuerza de coacción de los representantes elegidos en una Asamblea Nacional específicamente para ello, es decir, sancionar las leyes que el pueblo, la Nación, en su ejercicio de su Libertad Política en la elección de personas físicas reconocidas por los convecinos, y sujetos a sus costumbres y tradiciones, ellos dicten.

La constitución debe declarar dos urnas para que exista verdaderamente democracia formal, las meras reglas de juego, y así, en otra urna diferente al cometido de la representación de la palabra de la Nación, para el cometido jurídico personalizado de los intereses, sobretodo externos, de los ciudadanos de una nación determinada donde hay democracia formal, se da la elección de otra persona, esa es el Presidente del gobierno que representa al poder Ejecutivo, ese es el gobierno formado por el Presidente elegido en circunscripción nacional, es decir, por todos los ciudadanos con derecho a sufragio del territorio nacional y a su gabinete, esta forma de comicio se llama Presidencialismo. Debe de tener como cometido ser el Jefe del Estado, en una República Constitucional, y es la cara de los ciudadanos o convecinos de una nación determinada ante la esfera exterior. Como Jefe del Estado tendrá el poder supremo de los ejércitos y organizará la defensa de esta, garantizar la seguridad de los individuos y trabajar en las labores de la administración. Como es obvio y lógico, esta persona elegida, se declinaría a ser una persona con experiencia, es decir, de una determinada edad avanzada, una persona inteligente y sabia, que naturalmente serán quien conozcan y hayan madurado más su conocimiento político tanto de su pueblo como del exterior, con la capacidad mental de poder anteponerse de manera racional y sensata, a ningún peligro o acoso que pueda tener su pueblo que es el que le ha elegido para tal cometido.

Estos dos poderes deben de estar reñidos y cuanto más mejor, para garantizar un control mutuo de ambiciones e intereses, que da lugar a que los ciudadanos puedan estar libres de desconfianzas hacia los gobernados, pues son los gobernantes mismos quien, cumpliendo su cometido de representación del pueblo y de gobierno, los que pongan la atención y el control entre ellos mismos. Se garantiza así que exista la política, dando paso al disenso entre ideas y al control del poder para cualquier posible corrupción sistemática. Es obvio y natural, que la corrupción no se erradica absolutamente, pues siempre puede aparecer en algún lugar entre todas las instituciones, pero con este sistema de controles se dará de manera individual y controlada.

Es de esta explicación donde podemos distinguir que sea un régimen de poder o un sistema de poder, por el mero hecho que el poder en los regímenes va dirigido y es constituido de arriba hacia abajo, no como al contrario del sistema de poder, y lo digo en singular porque es el único sistema de poder conocido y concebido hasta día de hoy, la democracia formal o representativa, donde el poder se constituye de abajo hacia arriba. Esto no son ideologías o juicios ni opiniones personales de uno, esto, señores, es como a lo largo del tiempo y mediante magistrados y Jurisprudencias se acepta, se sanciona y se comparte lo que es el significado de lo que es la Democracia formal como reglas de juego que constituyen el propio juego político, es decir, mediante un estudio de cientos de años la definición de Democracia formal o representativa, o democracia burguesa como otros la llaman, se entiende así en cada uno de los rincones de este planeta y así se reconoce, como las reglas de juego políticas.

 

Echemos un vistazo a España.

En España no hay democracia porque no hay Libertad Política, por eso también no hay constitución y, porque el poder se constituye desde arriba hacia abajo. El pueblo español está totalmente al margen de cualquier elección o decisión en asuntos públicos o políticos en cuanto al poder se refiere, es decir, en España nadie elige ni decide absolutamente nada en la urna, nada más que legitima el único poder soberano establecido del Estado, conformado por las facciones u órganos permanentes que son los partidos políticos estatales mediante la ratificación de listas de diputados colocados ahí por los jefes de las cúpulas de los partidos; tampoco en España las personas eligen ellos directamente al Presidente del gobierno, es de manera recíproca, que el jefe de partido ha elegido sus listas para que esos individuos en la investidura le elijan a él, los conocidos “aprietabotones“. En España podemos decir perfectamente que no existe ninguna relación entre gobernados y gobernantes porque no hay puente de unión ni conexión entre el Estado y la Nación, entre gobierno y pueblo, por las razones que hemos explicado anteriormente. No sólo eso, es que si atendemos al sistema de votaciones, lo que sucede es que la Nación, de manera voluntaria en las urnas, desaparece, quedando únicamente todo el juego político dentro del Estado, ya que mediante el ejercicio del voto a órganos estatales se da la integración de las masas en el Estado, los individuos se identifican con las facciones estatales sin elementos de representación (Gerard Leibzhold, presidente del Tribunal Constitucional de la Jurisprudencia europeo en Bonn, Alemania, “Los problemas de la democracia moderna” y “Representación e identidad“, foto)

Se entienda o no, y se venda lo que se quiera vender, aquel que no quiere engañarse negara lo que, toda la prensa y la clase estatal dice sobre lo que hay en España como forma de gobierno y de Estado, nadie dice o señala que existe un Estado de partidos desde el 1978, apenas se habla en los medios de la Partitocracia pero sin decir muy bien y explicar qué es y en qué consiste, ya que muchos se declinan simplemente a adjetivarla como un tipo de democracia, nueva, vieja, reformable, perfecta o imperfecta; la democracia formal no es adjetivable, solo hay una y, o la hay o no la hay, y para que la haya se tiene que sancionar en una constitución la separación de poderes como aquí acabo de escribir.

Todos los medios de comunicación, radio televisión y prensa, y ahora redes sociales, todas las instituciones estatales, colegios, institutos y universidades hablan de democracia, de constitución y de Monarquía parlamentaria, y mienten de manera constante e impulsiva, tanto es así, que el individuo español está engañado de por vida en este Régimen de poder, en una infinita confusión moral y mental en el momento en que usa la palabra democracia para referirse a lo que hay establecido como forma de gobierno en España. 

Este hecho tiene un fundamento mucho más sólido y profundo, la cuestión es que la disposición entre los poderes establece el control al que se someten los elegidos para ocuparlo. No sirve que al igual que se lo damos se lo podemos quitar porque el poder no “reside en el pueblo”. Es una confusión generalizada de hablar de la soberanía del pueblo, además porque lo sanciona la Carta otorgada del 78, eso no es cierto, el pueblo no debe tener ni puede tener tal soberanía, la soberanía la tienen los que tienen las armas, los Cuerpos de Seguridad del Estado, el Ejército o la Administración, lo que debe de tener el pueblo es Libertad para controlar a ese poder o soberanía; _“como en las democracias tiene el pueblo más facilidad para hacer casi todo lo que quiere, ha puesto la Libertad en los gobiernos democráticos y ha confundido el poder del pueblo con la libertad del pueblo”_ (Charles Louis de Secondat Barón de Montesquieu, Libro XI Capitulo II, foto). Debemos elegirlos, pero el control se ejerce de otra forma tal y como hemos explicado anteriormente, ese control sucede entre los gobernantes y los representantes de la Nación. Por eso, se da el problema de que, si elegimos a quienes hacen las leyes y estos eligen a quien gobierna, este último dependerá de los anteriores, favoreciendo a ese grupo de legisladores que le eligieron y así mismo. Por tanto, los gobernados deben elegir a quienes hacen las leyes por un lado y a quien gobierna por otro.

El poder naturalmente corrompe, la honestidad y la sinceridad en la política no existen, existen ambiciones e intereses, por eso se creó la democracia, por la desconfianza de los gobernados a los gobernantes y tener así un control sobre ellos. Lo demás, queda en manos de las mayorías para dirimir cualquier conflicto entre los poderes; si hay algo que España precisa de manera extraordinaria, es que algún día se abra un período de Libertad Constituyente para poder elegir con Libertad Política, formas de Estado y de gobierno y a unos diputados en calidad de Cortes Constituyentes para que redacten una verdadera constitución que cumpla con el objetivo principal de esta, separar los poderes del Estado, es decir, separar poder Legislativo del Ejecutivo y hacer independiente al Órgano Judicial, y que garantice los derechos de los ciudadanos.

Basta con hacernos una pregunta para divisar si hay o no Libertad Política y democracia. ¿Está separado el poder Legislativo del Ejecutivo?, en España solo podemos responder que no, a no ser que se pretenda distorsionar el significado y la descripción técnica de esta, si es así, es inútil que se siga hablando o debatiendo, tenemos delante a un fanático o declarado afecto del Régimen actual de partidos. Todo de lo que se hable serán excusas y habladurías basadas en tópicos y otras teorías oficiales de la propaganda estatal de los partidos; por ejemplo, versará sobre los problemas que esto conlleva o que no hay forma de atajar, y según aquel grado de cinismo o de locura que tenga este individuo, hablará de los niños de Siria, del plástico, del cambio climático, de la globalización, del chavismo, la neurociencia, del socialcomunismo o del neoliberalismo, o querrá desviar el tema hacia una cuestión distinta que no tiene que ver con la democracia. Y es que, quien acepta una premisa falsa ya puede decir que es todo lo independiente que quiera, ya puede ofrecer miles de datos contrastados sobre corrupción o ya puede ser lo simpático, sencillo, o tener cara guapa y ser lo generoso que desee, que su esfuerzo sólo sirve para extender su propia confusión y su complicidad con la falsedad necesaria para mantener la indignidad y la impostura que es la sangre del fraude de este Régimen.

Desgraciadamente, aún hay muchas personas que intentan encajar o adecuar a la democracia con falsas palabras en el Régimen que hay en España, haciendo entender que la separación de poderes consiste en el enfrentamiento entre los partidos del Estado o hablando del poder Judicial, por esta rotunda mentira, estarán condenados a su servilismo y a ser sabedores opinando sobre lo moderado y lo sensato con lo disparatado y falso de sus discursos o habladurías, sometidos a las acciones y palabras de los amos que siguen por la prensa y que votan sin haberlos elegido, un verdadero moralismo rancio en su mejor versión. 

 

“El poder Legislativo es aquel que tiene el derecho de determinar cómo habrá de ser empleada la fuerza del Estado, a fin de preservar a la comunidad y a los miembros de esta. Pero esas leyes, ejecutadas constantemente y siempre en vigor, pueden ser hechas en muy poco tiempo, no es necesario que la legislatura tenga que estar siempre en activo ni que tenga siempre algo que hacer. Y como, debido a la fragilidad de los hombres los cuáles tienden a acumular el poder, estos podrían ser tentados a tener en sus manos el poder de hacer leyes y el de ejecutarlas para así eximirse de obedecer las leyes que ellos mismos hacen; y como podrían también tener tentaciones de hacer las leyes a su medida y de ejecutarlas en beneficio propio, llegando así a crearse intereses distintos de los del resto de la comunidad y contrarios a los fines de la sociedad y del gobierno, es práctica común en los Estados bien organizados, donde el bien de todos es considerado, que el poder Legislativo esté puesto en manos de diferentes personas, las cuales, en forma de asamblea, tiene cada una, o en unión con las otras, el poder de hacer las leyes; y una vez que las leyes hayan sido hechas, la asamblea vuelve a disolverse, y sus miembros son entonces simples súbditos, sujetos a las leyes que ellos mismos han hecho, lo cual es un nuevo y seguro modo de garantizar que tengan cuidado de hacerlas con la mira puesta en el bien público”.

“Si aquellos que están en posesión de la autoridad pierden el poder por causa de sus abusos, entonces el poder revierte a la sociedad, y el pueblo tiene derecho a actuar como autoridad suprema, y el de asumir la legislatura; o si lo estima beneficioso, puede erigir una nueva forma de gobierno o depositar la vieja en otras manos”.

(John Locke, 1632-1704, Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil, Capítulo XII, foto).

 

Antonio HR, a 14 de octubre de 2021.

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